- Autentifica al constatar que la actuación es de quien la subscribe y acredita su autenticidad, mediante su inclusión en el archivo colegial.
- Legitima al acreditar la función que desarrolla el ingeniero de caminos actuando, garantizando que está habilidad para hacerlo (está colegiado y no inhabilitado) y que es competente en la materia.
- Controla al acreditar que la actuación visada cumple ciertos requisitos formales y la normativa colegial de aplicación.
- Asegura la responsabilidad civil involucrada en la actuación.

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